martes, 31 de marzo de 2009

DURANTE 31/03/2009



DURANTE la clase del día 31 de Marzo, hemos realizados en primer lugar, la tarea del Análisis Digital, de las dos dramatizaciones que se han realizado estos días en clase. Esta actividad consistía en cada uno, analizara su interpretación y la de los compañeros, teniendo en cuenta, la interpretación, la imagen, el sonido y por supuesto, análisis desde un punto de vista pedagógico (funciones de los integrantes, tanto del Claustro como del Consejo Escolar, bien definidas).

Por su parte, la segunda tarea realizada fue la proyección de la película "Hoy comienza todo".
En el anterior DURANTE pudimos ver la ficha técnica de esta película, por lo que, aquí nos centramos ahora en el análisis de la figura del director y en un análisis de la película desde el punto de vista educativo.

¿Quién es Bertrand Tavernier?

Es un director y guionista francés, devoto del cine americano y uno de los más exitosos y comprometidos realizadores de su país, versátil para afrontar diferentes géneros aunque siempre a partir de tramas de fuerte contenido ideológico.

Nacido en Lyons (Francia), el 25 de Abril de 1941, allí fue donde creció su vocación por el cine. Comenzó a trabajar como crítico cinematográfico en Positif y en la célebre revista Cahiers du Cinéma, cuna de muchos de sus cineastas preferidos, como Jean-Luc Godard, Claude Chabrol y Claude Sautet, de quienes fue agente de prensa.

Después de dirigir algunos cortos, en 1974 debutó en el largometraje con una adaptación de la novela de Georges Simenon “El relojero de St. Paul” (L'horloger de St. Paul), que recibió el Oso de Plata en el Festival de Berlín y que protagonizó Philippe Noiret, actor que trabajaría en varias de sus realizaciones posteriores.

El año siguiente hizo dos películas de distintos géneros: el premiado drama histórico “Que la fiesta comience” (Que la féte commence, 1975) y el drama psicológico “El Juez y el asesino” (Lejuge et l'assassin, 1975). Luego dirigió “Des enfants gatés” (1977) y un polémico y premiado film de ciencia-ficción, “La muerte en directo” (La mort en direct, 1980), sobre una persona cerca de la muerte que deja que le introduzcan una cámara en sus ojos para poder ver sus últimos días en directo.

A esta le siguieron el drama familiar “Une semaine de vacances” (1980) y la comedia negra “Más allá de la justicia” (Coup de torchon, 1981), que terminó por demostrar su gusto y capacidad para variar de géneros.
En los años siguientes profundizó en la línea de los dramas individuales, familiares y sociales, como “Alrededor de la medianoche” (Round Midnight/Autour de minuit, 1986), sobre un saxofonista de jazz autodestructivo, “Un domingo en el campo” (Un dimanche à la campagne, 1984), uno de sus filmes más celebrados, y “Nuestros días felices” (Daddy Nostalgie, 1990), con Dirk Bogarde.

Durante la década de los 90 realizó varios documentales y también uno de sus trabajos más exitosos en materia de público, “La carnada” (L'appat, 1995), polémica visión sobre la juventud francesa acusada de moralizante por gran parte de la crítica. Su siguiente película fue “Capitán Conan” (Captaine Conan, 1996), un fuerte relato antibelicista al que siguieron dos obras de corte social como “De l'autre cote du periphe” (1998) y “Hoy comienza todo” (Ca commence aujourd'hui, 1999).

Premios que ha conseguido con sus películas:

-Oso de Plata por El relojero del St. Paul (L'horloger de Saint -Paul), Festival de Berlín (Alemania), 1974.

-Premio al Mejor Director por Que la fiesta comience (Que la féte commence), Academia Francesa de Cine, 1975.

-Premio al Mejor Guión original por Que la fiesta comience, Academia Francesa de Cine, 1975.

-Premio al Mejor Guión original por El juez y el asesino (Le juge et l'assassin), Academia Francesa de Cine, 1976.

-Premio al Mejor Guión Original por Un domingo en el campo (Un dimanche à la campagne), Academia Francesa de Cine, 1984.

-Premio al Mejor Director por Un domingo en el campo, Círculo de Críticos de Nueva York (Estados Unidos), 1984.

-Premio Especial del Jurado por La vida y nada más (La vie et rien d'autre}, Academia del Film Europeo, 1989.

-Premio al Mejor Film en idioma extranjero por La vida y nada más, Academia Británica de Cine, 1990.

-Premio al Mejor Director por Capitán Conan (Captaine Conan), Academia Francesa de Cine, 1996.



Análisis desde el punto de vista educativo

En primer lugar, nos llama la atención la relación que mantienen las profesoras y el director con las familias de los niños. Se puede observar como cuando van a recogerlos es cuando las profesoras aprovechan para hablar con las madres, sin que exista una cita previa, sin que se encuentren en un lugar individual y apartado del resto de madres, etc. es decir, observamos quizás la falta de responsabilidad de las madres y la falta de compromiso con la escuela. Y por otra parte, en le caso de las profesoras y el director, parece ser que, no tienen aún asimilado en el centro la idea ni la importancia de las tutorías individualizadas.

En otras de las escenas, se puede apreciar como el Director intentar averiguar si es verdad que una de las profesoras había azotado a un niño. La profesora reconoce que fue así dado que piensa que el niño es “insoportable”. Desde el punto de vista educativo, vemos como en esta escena se hace referencia a la disciplina escolar que debe existir entre profesores y alumnos.

En cuanto a la escena en la cuál podemos observar un Claustro de profesores, nos llama la atención que es un Claustro bastante informal. En este Claustro se establece que en cada clase habrá 25 alumnos/as.

Tras la secuencia anteriormente comentada, aparece la de una profesora, que narra su situación actual en el centro. Comenta como ha sido su trayectoria profesional y de su próxima jubilación. Como han cambiado los tiempos. La profesora se muestra triste por la forma en la que sus alumnos/as acuden al centro (sin alimentar, mal vestidos, sin abrigar, etc.) cosa que en otros tiempos no pasaba, ya que, los niños/as acudían a clase limpios, alimentados y con ganas de aprender e incluso con muchas más disciplina y modales de los que en la actualidad se encontraba en sus clases. Por todo esto, muestra su indignación por la situación, dado que piensa que la escuela se debería responsabilizar de las carencias de los alumnos/as. Manifiesta que sus alumnos/as tiene pocas expectativas de futuro de los alumnos/as.

Haciendo referencia a las funciones del director, bajo nuestro parecer, pensamos que cumple básicamente todas las funciones que debe realizar un director (al menos en la legislación española). En la película se puede apreciar claramente, como es él quien ostenta la representación del Centro o como garantiza el cumplimiento de las Leyes; aunque debemos decir que en este caso el director realiza muchas más funciones de aquellas que aparecen en la legislación. Por otra parte, el director muestra su lado más humano cuando aparece dando clase o jugando con los niños, y sobretodo cuando se hace cargo de Leticia y su hermano, ambos abandonados por su madre.

jueves, 26 de marzo de 2009

Durante la clase de hoy se ha realizado la grabación de la primera dramatización y se ha visto el principio de la película “Hoy empieza todo”.
A continuación os dejamos la ficha técnica y el argumento de la película:

FICHA TÉCNICA:

Año: 1998
Nacionalidad: Francia
Estreno: 22-10-99
Género: Drama
Duración:117 m.
T. original: Ca commence aujourd'hui
Dirección: Bertrand Tavernier
Intérpretes:
Philippe Torreton (Daniel Lefebvre)
Maria Pitarresi (Valeria)
Nadia Kaci (Samia Damouni)
Véronique Ataly (Sra. Lienard)
Francoise Bette (Sra. Delacourt)
Guión: Dominique Sampiero
Tiffany Tavernier
Bertrand Tavernier
Fotografía: Alain Choquart
Música:Louis Sclavis
Montaje :Sophie Brunet


ARGUMENTO DE HOY EMPIEZA TODO:


Daniel, de 40 años, es profesor y director de una escuela infantil en una población deprimida en el norte de Francia. Es un hombre sensible y tenaz que siente pasión por su trabajo, pero se encuentra atrapado en una jerarquía que no le permite extralimitarse en sus funciones como educador, viéndose obligado a seguir las normas básicas de enseñanza mientras sus alumnos van a la escuela literalmente muertos de hambre y en harapos. A pesar de los obstáculos, Daniel no se dará por vencido y conseguirá el apoyo de toda la comunidad. Una historia de coraje, constancia y valor; la lucha de una comunidad para lograr que para esos niños, en cualquier momento y lugar, hoy empiece todo.

martes, 17 de marzo de 2009

DURANTE 17 /03/09


EL TIEMPO

El tiempo es la magnitud física que mide la duración o separación de acontecimientos sujetos a cambio, de los sistemas sujetos a observación, esto es, el período que transcurre entre el estado del sistema cuando éste aparentaba un estado X y el instante en el que X registra una variación perceptible para un observador (o aparato de medida). Es la magnitud que permite ordenar los sucesos en secuencias, estableciendo un pasado, un presente y un futuro, y da lugar al principio de causalidad, uno de los axiomas del método científico.





JORNADA ESCOLAR

En capítulo III del Decreto por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros educativos, especifica la jornada escolar en los diferentes niveles. En principio, aclara una serie de criterios generales recogidos en el artículo 9:

La organización de la jornada escolar de cada centro se organizará de forma que se realice una oferta de jornada completa que permita la plena formación del alumnado y la utilización educativa de su tiempo de ocio, así como de las instalaciones disponibles en el centro escolar. En este sentido, la jornada escolar deberá compaginar tiempos de actividad lectiva con otros dedicados a actividades complementarias o extraescolares, integrándolos en un proyecto educativo conjunto.

En el artículo 10, se explica la jornada escolar en educación infantil, primaria y especial:

1. El horario lectivo en los centros de educación infantil, educación primaria y educación especial será, para el alumnado, de veinticinco horas semanales para el desarrollo de un currículo que incluirán, en cualquier caso, dos horas y media de recreo distribuidas proporcionalmente a lo largo de la semana. Los centros de estos niveles que tengan establecida la medida de aula matinal, el período comprendido entre las 7,30 y la hora de comienzo de la jornada lectiva se considerará sin actividad reglada. El centro establecerá las medidas de vigilancia y atención educativa que necesiten los menores en función de su edad y, en su caso, discapacidad como se establece en la normativa vigente.

2. Las clases de desarrollarán de lunes a viernes, ambos inclusive, de acuerdo con alguno de los siguientes modelos:
a) Jornada lectiva semanal exclusivamente de mañana.
b) Jornada lectiva semanal de cinco sesiones de mañana y dos de tarde.
c) Jornada lectiva semanal de cinco sesiones de mañana y cuatro de tarde.
En ningún caso, la sesión de mañana en Educación infantil, primaria y especial comenzará antes de las nueve horas, ni la de la tarde antes de las quince horas.

3. En los modelos de jornada que incluyen períodos lectivos por las tardes, existirá un intervalo, al menos, dos horas entre las sesiones de mañana y tarde. En los centros con transporte escolar, a propuesta del Consejo Escolar, la Delegación provincial de la Consejería de Educación, podrá autorizar una duración distinta del intervalo comprendido entre las sesiones de mañana y tarde cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen.
4. Sin menoscabo de la autonomía de los centros en la elaboración del horario del alumnado, la duración de los periodos de tarde no será inferior, en su caso, a una hora y treinta minutos.

5. En el caso de jornada lectiva continuada exclusivamente de mañana, el centro programará, al menos, dos tardes, para el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares.

6. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación arbitrarán las medidas oportunas a fin de lograr la necesaria coordinación en las horas de entrada y salida del alumnado, así como en el modelo de jornada lectiva a implantar, en los centros docentes públicos que cuenten con el servicio de transporte escolar.

En el artículo 12, se detalla la jornada escolar en los restantes niveles educativos:

1. En las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas especializadas de idiomas, enseñanzas elementales de música y danza, enseñanzas artísticas profesionales y educación permanente de personas adultas, el horario lectivo semanal del alumnado será el establecido en la normativa vigente para cada una de ellas.

2. Las clases se desarrollarán de lunes a viernes, ambos inclusive.

3. La decisión de si el modelo de jornada lectiva es de mañana, de tarde o de mañana y tarde corresponderá al Consejo Escolar del centro.

4. La Delegación Provincial, tras comprobar la decisión adoptada por el Consejo Escolar, autorizará, en su caso, el modelo de jornada lectiva acordado, el cual no podrá ser revisado hasta transcurridos, al menos, cuatro cursos escolares.

5. Cuando se trate de jornada lectiva continuada en el periodo de mañana en el nivel de educación secundaria obligatoria, el centro deberá programar, al menos, dos tardes, para el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares.

6. Cada periodo lectivo tendrá una duración de una hora. No obstante, los centros docentes podrán establecer módulos horarios de duración diferente, respetando, en todo caso, el número total de horas lectivas fijadas.

7. En educación secundaria la jornada lectiva incluirá, al menos, un descanso de treinta minutos que el centro podrá distribuir de uno o varios periodos.

8. En ningún caso, podrá haber en educación secundaria horas libres intercaladas en el horario lectivo del alumnado.

LA JORNADA ESCOLAR EN EUROPA


PAÍSES CARGA DIARIA DÍAS AL AÑO CARGA ANUAL


BÉLGICA 280´ 182 849 h
DINAMARCA 216´ 200 720 h
ALEMANIA 227´ 188 712 h
GRECIA 261´/270´ 175 761 h/788 h
ESPAÑA 270´ 180 810 h
FRANCIA 282´ 180 846 h
IRLANDA 280´ 183 854 h
ITALIA 270´ 200 900 h
LUXEMBURGO 265´ 212 936 h
PAÍSES BAJOS 300´ 200 1000 h
AUSTRIA 250´/208´ 180/214 750 h
PORTUGAL 300´ 175 875
FINLANDIA 207´ 190 656 h
SUECIA 178/190 h
INGLATERRA 282´ 190 893 h
ULSTER 300´ 190 950 h
ESCOCIA 300´ 190 950 h
ISLANDIA 240´ 160 640 h
LIECHTENSTEIN 270´ 200 900 h
NORUEGA 261´ 190 827 h
BULGARIA 200´ 165 550 h
REPÚBLICA CHECA 216´ 184 662 h
HUNGRÍA 225´ 185 638 h
POLONIA 207´ 185 638 h
RUMANÍA
230´ 170 652 h




martes, 10 de marzo de 2009

DURANTE 10/03/2009

DURANTE la clase de hoy, en primer lugar se han explicado todas aquellas tareas, tanto a nivel grupal como individual, que los alumnos/as debíamos realizar.

A nivel individual debíamos contestar a las siguientes preguntas:
1. Describe que has trabajado esta semana con tu personaje de la dramatización.
2. Observación de la dramatización llevada a cabo en clase.

Se han contestado ambas preguntas y por grupos se han puesto en marcha las dramatizaciones.

Por otra parte, las tareas a realizar en el blog grupal son las siguientes:

¿Qué es un Claustro de Profesores?

Para situarnos, en primer lugar debemos de tener en cuenta que la palabra claustro viene del latín “claudere” y su significado de "cerrar".

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación del sector docente del centro educativo en el gobierno del mismo, teniendo como misión la de planificar, coordinar, informar y adoptar las decisiones pertinentes sobre los aspectos docentes del centro. El Claustro de Profesores estará presidido por el Director del centro e integrado por la totalidad de profesores que presten servicios en el mismo.

El Claustro de Profesores se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Al comienzo y al final del curso será preceptiva la reunión del Claustro de Profesores. La asistencia a las reuniones del Claustro será obligatoria para todos sus miembros.

Entre las competencias del Claustro de Profesores se encuentran las siguientes:
-Formulación de propuestas al equipo directivo en relación con los proyectos educativo y curricular del centro y la programación general anual.
-Aprobar y evaluar los proyectos curriculares y los aspectos docentes de la programación general del centro.
-Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, investigación pedagógica y formación del personal.
-Elección de representantes en el Consejo Escolar del centro; el conocimiento de las candidaturas y programas a Director
-La coordinación de las funciones de orientación, tutoría, evaluación y recuperación de alumnado y, por último, el análisis y la valoración de los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.

El Claustro de Profesores tendrá también competencias para:
-Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, los criterios para la elaboración del horario de los profesores y para analizar y valorar trimestralmente la situación económica del centro.
-Evaluar periódicamente el funcionamiento y cumplimiento de los objetivos del centro, colaborando con la Inspección Educativa en los planes de evaluación que la misma lleve a cabo.


La siguiente pregunta que nos planteamos es sobre la Jornada Escolar.
Según nos marca la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo, establece en su disposición adicional primera que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, aprobará su calendario de aplicación. Según la disposición citada, dicho calendario tendrá un ámbito temporal de cinco años a partir de la entrada en vigor de la Ley y en él se establecerá la implantación de los currículos de las enseñanzas correspondientes. Para ello, el calendario incluye, asimismo, la extinción gradual de los planes de estudios en vigor y la equivalencia de los títulos académicos.

El calendario concede prioridad a la implantación de las etapas educativas que constituyen la educación básica (educación primaria y educación secundaria obligatoria) y a las medidas contempladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para mejorar los resultados en estas etapas educativas, reducir el fracaso escolar y promover la equidad del sistema. Con la misma finalidad, el calendario incluye un razonable margen de flexibilidad para que las Administraciones educativas anticipen la implantación del primer ciclo de la educación infantil y los programas de cualificación profesional inicial. Asimismo el calendario vincula a la ordenación académica de las nuevas enseñanzas la implantación de las previsiones de la Ley en materia de evaluación, promoción y obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria y anticipa los requisitos para la incorporación del alumnado a los programas de diversificación curricular.

El calendario tiene por objeto, en fin, proporcionar a los diferentes sectores de la comunidad escolar una referencia clara sobre la que orientar sus expectativas y planificar su gestión en el horizonte temporal de cinco años en el que se plantea.

El Calendario escolar se fijará anualmente por las Administraciones educativas, comprendiendo un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias.

Para finalizar este DURANTE, en clase se ha llevado a cabo un ensayo sobre la 2º dramatización a realizar.

La 2º dramatización se enmarca en un Claustro de Profesores. este Claustro se compone por 21 personas, cada una de ellas representa a un personaje en concreto (Directora, Jefa de Estudios, Secretaria, Profesores/as de diferentes materias, Jefes de Departamentos, etc.)

Los puntos del día de esta sección son:
1.Incorporación de un nuevo alumno al Centro.
2. Incorporación de dos tutores en el aula.
3. Quejas de los padres y madres por la metodología que presenta el Centro ante las expulsiones de los alumnos/as.
4. Presupuesto del Centro.
5. Creación de un blog para el Centro.
6. Propuesta del Ayuntamiento de un viaje a Itálica.

Durante esta clase, sólo ha dado tiempo a intervenir en le primer punto del día: Incoporación de un nuevo alumno al Centro. Planteándose el problema, de que le niño es inmigrante y presenta conductas disruptivas por lo que, algunos profesores/as se oponen a que acuda a sus clases mientras que otros creen que deben ayudar en su integración.
La resolución del problema ha quedado suspendida hasta la próxima clase.

Por otra parte, los componenetes de la dramatización de primaria, se ha reunido para aclarar sus papeles y como van a llevar a cabo su dramatización durante las próximas clases.

miércoles, 4 de marzo de 2009

Durante 3/03/09

urantEn el DURANTE de esta semana se incluyen las funciones del Consejo Escolar según la ley orgánica del 4 de Mayo de 2006, la definición y composición del Plan Anual de Centros, definición y composición de la Comisión de Convivencia.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR según la Ley Orgánica del 4 de Mayo de 2006:
I. Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la LOE. (Del artículo 120 al 125, ambos inclusive)
II. Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
III. Aprobar el Reglamento de Régimen Interior y el Plan de Convivencia.
IV. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
V. Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
VI. Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
VII. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
VIII. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
IX. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
X. Fijar las directrices de colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
XI. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
XII. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora en la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
XIII. Cualesquiera otra que le sean atribuidas por la Administración educativa.
XIV. El Consejo escolar del centro tendrá cualquier otra atribución que la ley establezca.

PLAN ANUAL DE CENTROS:
1. Objetivos Generales del Centro para el curso escolar, tomando como referencia el Proyecto de Centro y la Memoria Final del curso anterior.
2. Calendario y jornada escolar del Centro, con especificación de los períodos dedicados a actividades lectivas, así como a las de carácter cultural y recreativo, de acuerdo con la normativa establecida.
3. Programación de las actividades docentes del Centro, elaborada por el Claustro de Profesores.
4. Plan de acción tutorial, elaborado por el Jefe de Estudios junto con el Departamento de Orientación y los Tutores.
5. Programación de actividades culturales y recreativas, elaborada por el Vicedirector, o en su defecto, por el Director en colaboración con el Jefe de Estudios.
6. Presupuesto de Centro, con distribución de los créditos asignados al mismo.
7. Proyectos que faciliten la integración de las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas en la vida escolar del Centro.
8. Plan de Reuniones del Consejo Escolar del Centro, especificando el número mínimo de ellas que habrán de realizarse a lo largo del curso, así como el horario de las mismas.
9. Actuaciones para el curso escolar siguiente en relación con el proyecto del Plan de Autoprotección.

COMISIÓN DE CONVIVENCIA:

Entre las funciones de la Comisión de Convivencia y disciplina están.

- Proponer la instrucción de expedientes por faltas graves o muy graves.
- Designar instructores para los expedientes correspondientes a las faltas graves o muy graves.
- Aplicar sanciones de faltas graves o muy graves que no requieran la apertura de expediente disciplinario.
- Comunicar al Consejo escolar sus actividades.
- Informar de las sanciones a las personas interesadas y a sus padres.
- La Comisión de convivencia tendrá asignada una hora semanal para sus reuniones ordinarias.
- Además podrá ser convocada con carácter de urgencia si el tratamiento de la falta cometida no admite demora.
- El Jefe de Estudios presentará cada caso a la Comisión de convivencia acompañando a la información la documentación correspondiente (partes deincidencia,...).
- Se escuchará a las partes implicadas, a las que se podrá solicitar la información complementaria que estimen oportuna los miembros de la Comisión.
- La Comisión deliberará sobre el caso, tipificará la falta cometida y decidirá si debe abrirse o no expediente disciplinario. Si decide abrir expediente nombrará al instructor del mismo, y si no se abre expediente decidirá la sanción que corresponda.
- La Comisión delegará en el Jefe de Estudios la comunicación de la sanción al alumno, a sus familias y al Consejo Escolar.

Se compone de los siguientes miembros:
- El Director.- El Jefe de Estudios.- Un representante de los profesores en el Consejo Escolar.- Un representante de los padres en el Consejo Escolar.- Un representante de los alumnos en el Consejo Escolar.- El Tutor correspondiente.- El delegado de curso correspondiente.